Deducciones al salario en Costa Rica









Deducciones al salario

Entre las prestaciones laborales a las que todos trabajadores tienen derecho están el Seguro Social y contar con un fondo de pensión. Estos se financian mediante un aporte tanto del patrono, como de un porcentaje que se deduce del salario del trabajador. Hoy vamos a ver cómo se calculan los porcentajes para que sepas cuánto es lo que te descuentan de tu sueldo. También verás cuáles son los beneficios a los que tienes derecho.

Seguro social

El seguro social es un derecho que permite al trabajador recibir consultas, atención médica y tratamiento en caso de enfermedad o accidente laboral.

Por otro lado, da cobertura para el retiro por vejez, así como en caso de invalidez. También brinda cobertura a la familia del en caso de fallecimiento.

Es obligación de todo trabajador estar afiliado al Seguro, según consta en la Ley Constitutiva de la Caja de Seguro Social:

“Artículo 3.- Las coberturas del Seguro Social -y el ingreso al mismo- son obligatorias para todos los trabajadores manuales e intelectuales que perciban sueldo o salario. El monto de las cuotas que por esta ley se deban pagar, se calculará sobre el total de las remuneraciones que bajo cualquier denominación se paguen, con motivo o derivados de la relación obrero-patronal”.

El aporte al Seguro Social por parte del trabajador se desglosa así:

  • Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM), que corresponde al 5.50% del sueldo.
  • Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), que corresponde al 3.34%.

En total, el aporte al seguro social es del 8.84% de tu salario mensual.

Para calcular el descuento que se te hace, debes multiplicar tu salario por dichos porcentajes. Luego el resultado total lo restarás al salario.

Por ejemplo, si ganas ₡300,000 al mes. Primero, para calcular lo correspondiente a enfermedad y maternidad, que es el 5.50% se hace así:

₡300,000 x 0.055 = ₡16,500

Luego, la parte de invalidez, vejez y muerte, que corresponde al 3.34%:

₡300,000 x 0.0334 = ₡10,020

Ahora sumas ambas cantidades:

₡16,500 + ₡10,020 = 26,520

Este es el total que deberán descontarte del salario total.

Aporte patronal CCSS

Ahora bien, como mencionamos, el empleador también debe realizar un aporte al seguro social, calculado con base en el salario que paga al trabajador.

El monto a aportar es del 14.33% y se desglosa así:

  • SEM, 9.25%
  • IMV, 5.08%

Para saber cuánto es el monto que aporta tu patrono, puedes multiplicar tu salario por ambas cantidades y sumarlas.

Siguiendo el ejemplo, como el aporte patronal por maternidad es del 9.25%, multiplicas así:

₡300,000 x 0.0925 = ₡27,750

₡300,000 x 0.0508 = ₡15,240

Al sumarlo, nos da un total de ₡42,990, que es lo que tu patrono deberá aportar mensualmente a la CCSS.

Ley de Protección al Trabajador

Este es otro descuento que verás reflejado en tu salario a la hora de recibir tu orden patronal. Corresponde a la pensión complementaria, que es un ahorro obligatorio.

La cuota del LPT que te descuentan es del 1% de tu salario como aporte al Banco Popular.

Para calcularlo, lo que de debes hacer es simplemente multiplicar tu salario por 0.01:

₡300,000 x 0.01 = 3,000

Este es el descuento que se te realizará a tu salario.

Aporte patronal LPT

Tal como sucede con la cuota del Seguro Social, el empleador también debe realizar un aporta en concepto de la Ley de Protección al Trabajador. El mismo corresponde al 4.75% y se desglosa de la siguiente forma:

  • Aporte al Banco Popular, 0.25%
  • Fondo de Capitalización Laboral 3%
  • Fondo de Pensiones Complementarias 0.50%
  • Instituto Nacional de Seguros (INS) 1%

Para estimar los valores aportados por tu empleador, se hace de la siguiente forma:

Banco Popular: ₡300,000 x 0.0025 = ₡750

Fondo de Capitalización Laboral: ₡300,000 x 0.03 = ₡9,000

Fondo de Pensiones Complementarias: ₡300,000 x 0.005 = ₡1,500

INS: ₡300,000 x 0.01 = ₡3,000

Luego sumas todos los totales:

₡750 + 9,000 + 1,500 + 3,000 = ₡14,250

Este es el aporte que debe hacer tu patrono en concepto de cuota de la LTP.

Otros aportes patronales

Tu empleador además realizará otras aportaciones con base en tu salario. De estos conceptos no se te realizará descuento, pero de igual forma es obligación que tu patrono realice el pago correspondiente de los mismos:

Cuota patronal Banco Popular: 0.25%

Asignaciones Familiares: 5%

Instituto Mixto de Ayuda Social: 0.50%

Instituto Nacional de Aprendizaje: 1.50%

En total, esto representa un aporte del 7.25% adicional por parte de tu patrono. Si tomamos el mismo ejemplo, para saber a cuánto corresponde, se multiplica ₡300,000 x 0.0725, para un total de ₡21,750.

Conclusiones

Los aportes que se deducen de tu salario en concepto de CCSS y LPT constituyen un beneficio para todos los trabajadores y es obligación de tu empleador realizar los pagos correspondientes.

Es importante que veles por que se te realicen las deducciones correspondientes y que te mantengas informado sobre los porcentajes de descuento y las leyes que rigen los beneficios sociales.

 

Fuentes: Caja Costarricense del Seguro Social, Ley Constitutiva de la CCSS, Ley de Protección al Trabajador,

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