¿Cómo se calcula el pago de la liquidación en República Dominicana?

Para calcular la liquidación por extinción de contrato, todo lo que debes hacer es calcular cada cosa por separado y sumar las cantidades.

Vamos a ver un ejemplo paso a paso. Para este caso, usaremos un salario de $21,000 mensuales. Como fecha de inicio de contrato usaremos el 1º de marzo de 2020 y como fecha de finalización, 29 de febrero de 2021. Es decir, un año exacto. La terminación será por desahucio y se incluirá el pago de indemnización sustitutiva del preaviso. También, vamos a suponer que tienes 1 hora extra pendiente de pago.

Paso 1: Salarios pendientes y horas extras

Como el contrato finaliza a fin de mes, vamos a suponer que te lo deben completo. Es decir, $21,000.

Además, vamos a calcular la hora extra que está pendiente.

Según la ley, las horas semanales de trabajo son 44. Las que exceden de dicha cantidad, pero no de 68 se pagan con el 35% de recargo. Las que exceden de dicha cantidad, con el 100% de recargo.

Como en este caso solo es una hora adicional, se calculará con el 35%. Para ello, averiguamos el valor de la hora normal y multiplicamos por 1.35.

Para sacar el valor de la hora ordinaria se divide el salario mensual entre 23.83 días.

$21,000 / 23.83 = RD$881.24

Luego entre las horas diarias de trabajo, 8 en este caso.

$881.24 / 8 = $110.16 por hora

Ahora multiplicamos por 1.35 para determinar el valor de la hora extra:

$110.16 x 1.35 = $148.71 por cada hora extra

Como solo es una hora, al multiplicar por 1, el resultado sería el mismo.

Luego, se suma el salario ordinario con la hora extra:

$21,000 + 148.71 = $21,148.71

Paso 2: Vacaciones proporcionales

Si llevas de 1 a 5 años laborando, los días de vacaciones son 14 por año laborado. Para trabajadores con más de 5 años, son 18. Como en este caso, es un año exacto, se entenderá que están pendientes las vacaciones. Por lo tanto, se deben liquidar.

Como son 14 días, primero vamos a dividir el salario mensual entre 23.83 días laborables y luego multiplicaremos por 14:

$21,000 / 23.83 = $881.24 diarios

$881.24 x 14 = $12,337.36

Paso 3: Salario de navidad

Este corresponde a 1 salario completo, el cual se paga en diciembre.

Para calcularlo proporcional, se dividirá entre 12 meses y luego se multiplicará por los meses de diciembre a la fecha. En este caso, 2 meses.

$21,000 / 12 = $1,750

$1,750 x 2 = $3,500

Paso 4: Participación de beneficios

Esta se establece en el artículo 223 del Código de Trabajo de República Dominicana. La participación de beneficios equivalente al 10% de los beneficios netos anuales de la empresa distribuida entre todos los trabajadores con contrato por tiempo indefinido.

Para trabajadores con menos de 3 años, el máximo a recibir es de 45 días de salario ordinario. Los empleados con más de 3 años, tiene como límite 60 días de salarios.

Como el pago se hace entre 90 y 120 días después del cierre del ejercicio fiscal, vamos a suponer que te deben los beneficios completos.

Por ejemplo, si la utilidad neta de la empresa fue de 2 millones de pesos ($2,000,000) y tiene 4 trabajadores fijos más que ganan la misma cantidad.

Al calcular el 10% de ello:

$2,000,000 x 10% = $200,000

Ese es el monto a distribuir entre todos los trabajadores. Entonces se tendría que dividir entre 5 trabajadores por todos (contando el que se está liquidando):

$200,000 / 5 = $40,000

Pero, como debemos tener en cuenta los máximos fijados por la ley, vamos a estimar el salario diario del trabajador y luego a multiplicar por 45 días de límite. Si el resultado es mayor a $40,000, el trabajador recibiría los $40,000. En cambio, si el resultado es menor, recibiría solo los 45 días de salario.

$21,000 / 23.83 = $881.24 diarios

$881.24 x 45 = $39,655.80

Como vemos, el resultado de 45 días límite es menor. Por lo tanto, esa sería la participación a recibir.

Paso 5: Preaviso

Como se mencionó previamente, cuando el empleador no preavisa del despido con el tiempo que estipula la ley, debe pagar la indemnización sustitutiva del preaviso. En este caso, son 14 días.

Para estimar el pago, primero dividimos el salario mensual entre 23.83 días y luego multiplicamos por 14:

$21,000 / 23.83 = $881.24 diarios

$881.24 x 14 = $12,337.36

Paso 6: Indemnización por desahucio

Esta se da cuando el trabajador es despedido injustamente o renuncia por razones atribuibles al empleador.

En este ejemplo, aplica su pago debido a que se trata de un despido injustificado. El desahucio en caso de 1 año a menos de 5 de antigüedad corresponde a 21 días por año de servicio. Entonces, calcularemos el salario diario de la forma que ya hemos visto y multiplicaremos por 21. El resultado se multiplica por la cantidad de años:

$21,000 / 23.83 = $881.24

$881.24 x 21 = $18,506.04 por año laborado.

Como en este caso, solo es 1 año, al multiplicar por 1 el resultado sería el mismo:

$18,506.04

Paso 7: Sumar todo

Llegado este punto, lo único que queda es sumar todas las cantidades obtenidas:

Salarios y horas extras21,148.71
Vacaciones no gozadas12,337.36
Salario de navidad3,500.00
Participación de utilidades39,655.80
Preaviso12,337.36
Desahucio18,506.04
Total$107,485.27

 

En total, entonces, la liquidación será de $107,485.27.

¿Qué es la liquidación?

Cuando la relación laboral finaliza entre un trabajador y su empleador en República Dominicana, este último debe pagarle la liquidación de su contrato. Se trata de un derecho de ley independientemente de la razón de la extinción de la relación laboral.

El monto a pagar depende de la causa, así como del tiempo que lleva laborando el trabajador. El pago de la liquidación se refiere al monto total a entregar al trabajador en concepto de salarios y prestaciones pendientes. Se compone de varios elementos que pueden variar dependiendo de la causa de la extinción de contrato. Ya sea por renuncia voluntaria o por despido.

Cuando se paga la liquidación se le extiende también al trabajador un finiquito de contrato donde se da por terminada la relación laboral.

La liquidación incluye:

  • Salarios pendientes y horas extras
  • Vacaciones proporcionales
  • Salario de navidad proporcional
  • Participación de beneficios de la empresa
  • Preaviso (si aplica)
  • Indemnización por desahucio

¿Cuál es la diferencia entre liquidación y finiquito?

El finiquito se refiere directamente al documento legal donde se señala la extinción de contrato.

En el mismo, consta la fecha de ingreso y de salida del trabajador, el cargo desempeñado y los montos a liquidar. Este debe ser emitido por el empleador y el trabajador debe firmarlo.

La liquidación es el monto que se entrega, es decir, el pago como tal.

Causas de terminación de contrato

Dentro de la Ley dominicana se establecen las distintas causas por las que una relación de trabajo puede darse por finalizada:

Desahucio: Es cuando el empleador decide finalizar la relación laboral sin una justificación. Este da derecho a recibir un auxilio de cesantía por desahucio.

Despido justificado: Se da cuando el trabajador es despedido por motivos justificables por la ley. Cuando el despido se justifica, no se paga desahucio al trabajador.

Renuncia: Si el trabajador decide retirare por cuenta propia. En este caso, no hay pago de desahucio, a menos que la renuncia sea motivada por condiciones laborales, hostigamiento, acoso u otros atribuibles al empleador.

Cuando la causa de terminación es un despido, el empleador debe notificar con un tiempo de preaviso establecido por la ley. Este depende de la antigüedad que lleves en la empresa:

  • 3 a 6 meses, 7 días de preaviso
  • 6 meses a 1 año, 14 días
  • Más de 1 año, 28 días de anticipación

Si el empleador no preavisa con el tiempo estipulado al trabajador, debe pagarle los días de preaviso con el desahucio.

Resumen

Como hemos visto, el procedimiento para calcular la liquidación en República Dominicana es muy sencillo. Basta con saber cada uno de los rubros y sumarlos todos. Recuerda que las fracciones de años se pagan proporcional.

Por ello, es importante conocer cómo se realiza el pago de cada una de estas prestaciones.

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