Argentina

Aguinaldo empleada doméstica 2026: cuánto te toca y cuándo

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Actualizado octubre 2026
En casas particulares el aguinaldo es el 50% de la mayor remuneración mensual del semestre, también si cobras por hora. Se paga la último día hábil de junio y de diciembre (Ley 26.844, arts. 26 y 27).

Calcula el aguinaldo de una empleada doméstica:

¿Cómo cobras? ?
Lo que cobraste en tu mejor mes del semestre: ?
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Semestre: ?
Fecha de ingreso (solo si empezaste en este semestre): ?

Si trabajas en casas particulares, el aguinaldo (el sueldo anual complementario, o SAC) de diciembre de 2026 es la mitad de lo que cobraste en tu mejor mes entre julio y diciembre. Te lo deben pagar el último día hábil de diciembre, y lo mismo vale para junio. Cuenta aunque trabajes por hora, aunque vayas pocas horas a la semana y aunque seas con retiro o sin retiro (Ley 26.844, artículos 26 y 27).

¿Cuánto te toca de aguinaldo?

Agarra el recibo del mes en que más cobraste durante el semestre y divídelo por dos. Cuentan el sueldo, las horas extras y los adicionales de la escala salarial.

Con sueldo mensual: si tu mejor mes fue de $500.000, tu aguinaldo es de $250.000.

Por hora: si cobras $3.500 la hora y tu mejor mes fueron 26 horas (tres horas, dos veces por semana), ese mes cobraste $91.000 y el aguinaldo es de $45.500.

Esos montos son de ejemplo. El valor de la hora y del mes por categoría lo fija la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, y cambia varias veces al año. La escala vigente está en argentina.gob.ar.

¿Cuándo se paga?

En dos cuotas, una por semestre. El artículo 27 de la Ley 26.844 dice que se paga "la última jornada laboral del mes de junio" y "la última jornada laboral del mes de diciembre". En la práctica, el último día hábil de cada mes.

El resto de los trabajadores en relación de dependencia cobra la segunda cuota hasta el 18 de diciembre (artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo), así que en casas particulares la fecha es distinta. Si quieres comparar, está el aguinaldo del régimen general.

Si trabajas por hora o en varias casas

La ley rige "cualquiera fuere la cantidad de horas diarias o de jornadas semanales" (artículo 1). No hay un mínimo de horas para cobrar aguinaldo, y se calcula igual: la mitad del mes en que más cobraste.

Si trabajas tres días por semana en dos casas, cada empleador te paga su propio aguinaldo, calculado sobre lo que te pagó él. Si en una casa tu mejor mes fue de $91.000 y en la otra de $140.000, la primera te debe $45.500 y la segunda $70.000.

Si empezaste o dejaste el trabajo en el semestre

Si empezaste después del 1 de julio (o del 1 de enero para el primer semestre), cobras la parte proporcional a los días trabajados:

(mejor mes ÷ 2) × días trabajados ÷ días del semestre

Alguien que empezó el 1 de septiembre de 2026 con un sueldo de $500.000 trabajó 122 días de un semestre de 184, así que cobra $250.000 × 122 ÷ 184 = $165.760,87. La calculadora hace esta cuenta; si empezaste antes del semestre, déjala sin fecha de ingreso o con la fecha real, y te cuenta el semestre completo.

Si el trabajo termina, por renuncia, despido o cualquier otra causa, te deben la parte proporcional del semestre en la liquidación final (artículo 28). Para el resto de la cuenta está la liquidación final.

¿Entra el bono?

Depende de cómo se fijó. La ley habla de "la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto", pero los bonos que la Comisión Nacional fija como sumas no remunerativas se rigen por lo que diga cada resolución. Mira la resolución vigente o pregunta en argentina.gob.ar. Los aumentos de la escala sí son remunerativos y entran desde el mes en que se aplican.

Si eres la persona empleadora

  • Paga el último día hábil de junio y de diciembre, y entrega el recibo firmado.
  • Usa el mes de mayor remuneración del semestre, no el promedio.
  • Si tu empleada trabaja también en otras casas, tú pagas solo sobre lo que le abonas tú.
  • El registro, los recibos y los aportes se hacen en el sitio de ARCA (la Agencia de Recaudación y Control Aduanero) para casas particulares.

Otras dudas

¿Y si no estoy registrada?

El derecho existe igual. Puedes reclamarlo junto con la registración ante la autoridad de trabajo de tu provincia. En la Ciudad de Buenos Aires, ante el Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares que crea la misma ley.

¿Se cobra todo junto?

No. Son dos cuotas por año, y cada una se calcula aparte con el mejor mes de su semestre.

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Fuentes: Ley 26.844, Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (texto actualizado), Casas particulares, argentina.gob.ar.

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