Costa Rica

Licencia de maternidad Costa Rica 2026: duración y pago

Tabla de contenido

Licencia de maternidad en Costa Rica 2026: dura 4 meses: el mes anterior al parto y los 3 posteriores (artículo 95 del Código de Trabajo). Cobras tu salario completo: la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) paga una mitad y el patrono la otra. El padre, por su parte, tiene 8 días de licencia de paternidad pagada, dentro de las primeras cuatro semanas después del nacimiento.

¿Qué es la licencia por maternidad?

Si estás embarazada y trabajas, la licencia de maternidad es uno de los derechos más importantes que tienes en seguridad social. Aquí verás qué es, cuánto dura la incapacidad y qué otros derechos tienes.

La licencia de maternidad consiste en período de descanso remunerado al que tienes derecho durante las últimas semanas de embarazo y las primeras de vida de tu bebé.

El tiempo de permiso es uno de los mejores de la región, pues la licencia por maternidad en Costa Rica es de 4 meses en total. Esta se divide en un período prenatal y otro postparto. El período prenatal es de 1 mes y el postparto es de 3 meses.

Durante tu licencia recibes tu salario íntegro, como si estuvieras trabajando. El 50% lo paga la CCSS y el otro 50% tu patrono.

Para ser acreedora a la licencia por maternidad en Costa Rica, debes presentar a tu empleador un certificado médico que señale que la fecha aproximada de parto es en un plazo aproximado de 5 semanas.

Casos especiales

La ley contempla algunos casos especiales en los que la licencia por maternidad puede tener una duración distinta.

Enfermedad ocasionada por el embarazo o el parto

El permiso de maternidad se puede extender por más de los 3 meses, hasta 6 meses después del parto por razones médicas. Por ejemplo, en caso de una enfermedad ocasionada por el embarazo o el parto. Para ello, debes presentar una constancia médica certificada donde se indique el tiempo que deberás reposar.

Aborto espontáneo

En caso de aborto no intencional o por causas biológicas y naturales, o de parto prematuro no viable, los descansos remunerados se reducen a la mitad (artículo 96 del Código de Trabajo).

Cargas sociales sobre el salario durante la licencia por maternidad

Durante el período de maternidad, siempre se aplican las retenciones por cargas sociales al salario. Pero la CCSS será quien pague las cargas que te corresponden a ti. Tu empleador cubrirá el resto.

Toma nota:

El tiempo de descanso por incapacidad de maternidad se computa como laborado. Por lo tanto, no puede excluir del cálculo para antigüedad, vacaciones, aguinaldo, preaviso, cesantía, etc. El cálculo se hará de idéntica forma a como se haría regularmente y con el mismo salario.

Protección contra el despido en caso de embarazo o lactancia

Según el Código de Trabajo, no es permitido que un empleador despida a una mujer embarazada o en período de lactancia sin justificación. Tampoco puede ser tratada de forma discriminatoria.

En caso de que la trabajadora incumpla los reglamentos y haya una causa de despido justificable. Debe ser autorizada primero por la Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Importante:

Para tener asegurada la protección contra el despido injustificado, comunica a tu empleador sobre tu embarazo a la brevedad posible. Para ello, debes entregarle la certificación médica o constancia de la Caja Costarricense del Seguro Social.

¿Qué hacer en caso de despido?

En caso de que ocurra un despido injustificado, si estás embarazada, debes acudir a la Inspección de Trabajo más cercana para que realicen la investigación correspondiente. También puedes acudir ante un juez de trabajo para pedir tu reinstalación.

Si no deseas ser reinstalada, tienes derecho a que se te pague tu liquidación, incluyendo el preaviso, auxilio de cesantía, vacaciones no gozadas y aguinaldo proporcional. Además, deberán abonarte el pago del subsidio de pre y postparto, así como tus salarios dejados de percibir desde el momento del despido, hasta completar 8 meses de embarazo.

Si estás de permiso de lactancia, deben pagarte el preaviso, cesantía, aguinaldo y vacaciones. Y te corresponderá además una indemnización por 10 días de salario.

Período de lactancia

Es el tiempo durante el cual podrás amamantar a tu hijo. Los 3 meses de licencia postparto se consideran el período mínimo de lactancia.

Este período puede prolongarse por dictamen médico, presentado la correspondiente certificación especificando el tiempo recomendado.

Dentro del período de lactancia, tendrás derecho a 15 minutos cada 3 horas o dos medias horas al día, o 1 hora continua al inicio o fin de tu jornada para amamantar a tu hijo.

Este tiempo de permiso es remunerado y no te pueden reducir el salario por ello.

Para emitir el dictamen de lactancia, el médico puede ser tanto de la CCSS como tu médico privado.

Licencia de paternidad en Costa Rica

Desde el 3 de junio de 2022, con la Ley 10211, los padres del sector privado tienen una licencia de paternidad de 8 días pagados: 2 días por semana durante las primeras cuatro semanas después del nacimiento. Se paga igual que la de maternidad, mitad la CCSS y mitad el patrono, y para pedirla presentas al patrono la certificación de la CCSS.

Los 8 días son los que fija el artículo 95 del Código de Trabajo. En el sector público, pregunta en tu institución: tu régimen o convenio podría dar más días.

Licencia de adopción

La ley costarricense también contempla la posibilidad de que las familias adoptantes tengan un período de licencia para recibir a su hijo.

La licencia por adopción es de 3 meses, contados desde el día en que se te entrega legalmente a tu hijo o hija. Si la adopción es conjunta, los 3 meses se reparten entre las dos personas adoptantes. Esto, con la idea de que puedas adaptar la rutina familiar a la llegada del nuevo miembro y que des la bienvenida a tu hijo en casa.

¿Qué pasa con el pago de aguinaldo si estoy de licencia por maternidad?

Como hemos mencionado previamente, el tiempo de licencia de maternidad, paternidad y adopción en Costa Rica se cuenta como trabajo efectivo. Por lo tanto, no permite al empleador o patrono descontar el período de tiempo para calcular el pago del aguinaldo. Debes recibir íntegro tu pago en la fecha que corresponda.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura la licencia de maternidad en Costa Rica?

4 meses: el mes anterior al parto y los 3 meses posteriores. Si hay complicaciones médicas, la incapacidad puede extenderse con un dictamen médico.

¿Quién paga la licencia de maternidad?

La CCSS paga el 50% y el patrono el otro 50%, de modo que recibes el equivalente a tu salario completo.

¿La licencia de maternidad cuenta para el aguinaldo y las vacaciones?

Sí. El tiempo de licencia se cuenta como trabajado para el aguinaldo, las vacaciones y la antigüedad.

¿Cuántos días de paternidad hay en Costa Rica?

En el sector privado, 8 días pagados: 2 por semana durante las primeras cuatro semanas después del nacimiento (Ley 10211). En el sector público, un mes.

Conclusiones

La licencia de maternidad en Costa Rica está entre las mejores de la región.

Para recibirla necesitas la certificación médica; la CCSS cubre el 50% de tu salario y tu patrono el resto.

La ley también te protege del despido mientras estás embarazada o en lactancia, y no permite tratarte de forma discriminatoria.

Las familias que adoptan tienen una licencia equivalente al descanso posparto, de tres meses.

Desde 2022 también existe una licencia de paternidad de 8 días en el sector privado. Mantente al tanto del proyecto que busca extenderla a un mes.

Un consejo final:

Recuerda coordinar con tu empleador y la persona que va a cubrirte en tu trabajo durante los días que estés de licencia. De ese modo, podrás irte a descansar tranquila y al volver hallarás todo el trabajo en orden.

Si necesitas más información sobre trámites para la licencia por maternidad, puedes consultar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, al teléfono 800-TRABAJO (800-8722-256).

También puedes visitar su sitio web www.mtss.go.cr o puedes solicitar información adicional en el sitio de la Caja Costarricense de Seguro Social www.ccss.sa.cr para más información.

Mantente siempre al tanto sobre las leyes que respaldan tus derechos como trabajador. Para más temas relacionados con el mundo laboral, visita la sección Costa Rica.

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Fuentes: Código de Trabajo, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Caja Costarricense de Seguro Social, Costa Rica Hoy,

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