Impuesto a las Ganancias 4ta categoría en Argentina [calculadora 2026]
El impuesto a las Ganancias de 4ta categoría es la retención que el empleador descuenta del sueldo de los trabajadores en relación de dependencia cuando sus ingresos superan el mínimo no imponible (MNI). Conoce cuándo aplica, cómo se calcula y qué deducciones puedes usar para reducirlo.
Temas:
- ¿Quiénes pagan Ganancias sobre el sueldo?
- Mínimo No Imponible 2026
- Cómo se calcula la retención mensual
- Deducciones que podés aplicar (SIRADIG)
- Escala de alícuotas 2026
¿Quiénes pagan Ganancias sobre el sueldo?
El impuesto a las Ganancias de 4ta categoría (Ley 20.628) grava los ingresos del trabajo en relación de dependencia. Solo lo pagan los trabajadores cuyo sueldo bruto supere el Mínimo No Imponible establecido por AFIP.
Si tu sueldo está por debajo del MNI → no pagás Ganancias. Si tu sueldo supera el MNI → el empleador te retiene Ganancias mes a mes.
Mínimo No Imponible 2026
El MNI se actualiza periódicamente (antes era anual; desde 2023 se actualiza con más frecuencia). El MNI varía según la situación familiar:
| Situación | MNI mensual estimado 2026* |
|---|---|
| Soltero/a, sin cargas de familia | ~$3,800,000 ARS brutos |
| Casado/a, cónyuge sin ingresos | ~$4,500,000 ARS brutos |
| Con 2 hijos | ~$5,000,000 ARS brutos |
| Con cónyuge + 2 hijos | ~$5,700,000 ARS brutos |
*Valores aproximados. AFIP actualiza los umbrales frecuentemente. Verificá en afip.gob.ar o consultá con tu empleador.
¿Cómo sé si me retienen Ganancias?
La retención aparece en tu recibo de sueldo como "Ret. Ganancias" o "Imp. Ganancias". Si no aparece ese renglón, no estás alcanzado.
Cómo se calcula la retención mensual
El cálculo es acumulativo anual: el empleador proyecta tu ingreso anual desde enero y calcula el impuesto total, dividiéndolo en los meses restantes.
Paso a paso simplificado:
1. Remuneración bruta anual proyectada
− Aportes obligatorios (jubilación, salud, obra social)
− Cuota sindical (si aplica)
= Remuneración neta sujeta a impuesto
2. Remuneración neta
− Mínimo No Imponible (anual)
− Cargas de familia (cónyuge, hijos, etc.)
− Deducción especial trabajadores en relación de dependencia
− Deducciones personales (SIRADIG)
= Ganancia neta imponible
3. Ganancia neta imponible
× Alícuota según escala (de 5% a 35%)
= Impuesto anual
÷ Meses restantes del año
= Retención mensual
Deducciones que podés aplicar (SIRADIG)
El SIRADIG-TRABAJADOR es el formulario online de AFIP donde el empleado declara sus deducciones personales para reducir la base imponible. Se accede en mi.afip.gob.ar.
Podés deducir:
| Deducción | Límite |
|---|---|
| Cónyuge o conviviente | Importe fijo anual según AFIP |
| Hijo/a menor de 18 años | Importe fijo por hijo |
| Hijo/a con discapacidad (sin límite de edad) | Importe fijo (mayor al de hijos sin discapacidad) |
| Padres, hermanos, suegros a cargo | Importe fijo por familiar |
| Gastos médicos y asistenciales | 40% de lo pagado, máx. 5% de la ganancia neta |
| Seguros de vida y retiro | Importe con tope |
| Intereses hipotecarios (primera vivienda) | Con tope anual |
| Donaciones a entidades exentas | Hasta 5% de la ganancia neta |
| Servicio doméstico | Hasta el valor anual de la Ganancia No Imponible |
| Ropa y equipamiento de trabajo (con factura) | Hasta cierto tope |
| Aportes a AFJP / SIPA voluntarios | Con tope |
¿Cómo cargar deducciones en SIRADIG?
- Ingresá a mi.afip.gob.ar con tu CUIL y clave fiscal
- Buscá "SIRADIG-TRABAJADOR" (Formulario 572 online)
- Cargá las novedades (familiares a cargo, gastos médicos, etc.) con los comprobantes correspondientes
- Tu empleador descargará el formulario para ajustar la retención del mes siguiente
Si cargás deducciones después de varios meses retenidos, el ajuste se hace en los últimos meses del año: el empleador recalcula y puede devolverte lo retenido de más directamente en el sueldo de diciembre.
Escala de alícuotas Ganancias 2026
El impuesto es progresivo: a mayor ingreso gravado, mayor tasa. La escala se aplica sobre la ganancia neta imponible anual:
| Ganancia neta imponible anual | Alícuota |
|---|---|
| Hasta $1,091,029 ARS | 5% |
| $1,091,029 – $2,182,058 ARS | 9% |
| $2,182,058 – $3,273,087 ARS | 12% |
| $3,273,087 – $5,455,145 ARS | 15% |
| $5,455,145 – $8,182,717 ARS | 19% |
| $8,182,717 – $10,910,290 ARS | 23% |
| $10,910,290 – $16,365,435 ARS | 27% |
| $16,365,435 – $21,820,580 ARS | 31% |
| Más de $21,820,580 ARS | 35% |
Estos valores se actualizan anualmente por resolución de AFIP. Verificá la escala vigente en el portal oficial.
Ejemplo de retención mensual
Datos: Sueldo bruto $6,000,000 ARS, soltero, sin cargas de familia
- Aportes (17% aprox.): −$1,020,000 → neto: $4,980,000/mes
- Neto anual proyectado: $59,760,000
- Menos MNI anual (
$45M) y deducción especial ($108M para 4ta categoría) → base reducida significativamente - Si la base imponible resultante es positiva → se aplica la escala → retención mensual
En la práctica, con el MNI y las deducciones especiales de 4ta categoría, muchos trabajadores con sueldos medios no pagan Ganancias o pagan montos bajos. El impacto real depende fuertemente de la actualización de los umbrales.
¿Qué pasa a fin de año?
En diciembre, el empleador realiza el ajuste anual (reliquidación):
- Si retuvo más de lo que corresponde → te devuelve la diferencia en el sueldo de diciembre
- Si retuvo menos de lo que corresponde → descuenta la diferencia en diciembre o la distribuye en los últimos meses
No tenés que presentar ninguna declaración jurada adicional si sos empleado con un solo empleador y no tenés otros ingresos.
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Fuentes: AFIP – Ganancias 4ta categoría, Ley 20.628 de Impuesto a las Ganancias, SIRADIG-TRABAJADOR