Calculadoras Aguinaldo Perú

Pago del aguinaldo de fiestas patrias

Uno de los beneficios laborales más esperados por los trabajadores en el mes de julio es el pago de aguinaldo por Fiestas Patrias en Perú. Se trata del pago de una gratificación anual que se realiza tanto a empleados públicos como privados del Perú.

Trabajadores del sector público:

El aguinaldo para el sector público corresponde a S/300.00, los cuales están exentos de los descuentos de pensión, EPS (entidades prestadoras de salud) o EsSalud, etc.

Para los trabajadores del sector privado:

Equivale a un salario íntegro al que tampoco se realizan los descuentos mencionados. Esta prestación la reciben todos los trabajadores del sector privado, a excepción de quienes laboran en una microempresa e ingresaron después de que esta haya sido inscrita en el Registro Micro y Pequeña Empresa (Remype).

Otra excepción son los trabajadores del Régimen Laboral Agrario, que perciben una remuneración diaria integral.

La fecha en la que se paga el aguinaldo es en la primera quincena de julio. El salario sobre el cual se calcula es el sueldo al 30 de junio, tomando en cuenta las asignaciones familiares.

Además, debido a la aprobación de la Ley 30334, que exonera a las gratificaciones del descuento de pensiones y Seguro Social, recibes un 9% adicional si estás inscrito en EsSalud, o 6.75% si estás en una EPS.

¿Qué requisitos debo cumplir para que me den el aguinaldo por Fiestas Patrias?

Esta consulta es frecuente entre los trabajadores que llevan poco tiempo dentro de una empresa. Desean saber si tendrán derecho a un aguinaldo por Fiestas Patrias y cuánto dinero les correspondería.

Según la Ley General del Trabajo, para recibir el equivalente a un salario completo, debes haber laborado al menos 6 meses dentro de la empresa.

Es decir que si, por ejemplo, entraste el 1° de enero, tendrás derecho a tu aguinaldo en julio, pues ya habrán pasado 6 meses.

Veamos un ejemplo de cómo se calcula el aguinaldo por Fiestas Patrias en Perú para el sector privado:

Supón que tu sueldo es de S/3,000 y tienes una asignación familiar de S/75, entonces se hará el cálculo con base en S/3,075.

Lo que debes hacer es incrementar este valor, ya sea por el 9% o el 6%, según corresponda.

Si estás con EsSalud, multiplicas tu sueldo por 1.09:

S/3,075 x 1.09 = S/3,351.75

Si estás con una EPS, entonces deberás multiplicar por 1.06:

S/3.075 x 1.0675 = S/3,282.56

El monto obtenido se abonará junto con tu salario el 15 de julio.

Solo un detalle:

En caso de que vayas a recibir un aumento de sueldo en el mes de julio, no se tomaría en cuenta el nuevo salario para calcular el aguinaldo por Fiestas Patrias, sino siempre el último de junio.

¿Qué pasa si aun no tengo 6 meses en la empresa? (Pago de aguinaldo proporcional)

Si llevas menos de un semestre laborando dentro de la empresa, siempre y cuando sea más de 1 mes, puedes recibir una parte proporcional de la gratificación por Fiestas Patrias, por cada mes completo.

Se calcula de forma proporcional al tiempo que tengas. Lo que debes hacer es dividir el aguinaldo por Fiestas Patrias que te tocaría entre 6. Luego, lo multiplicas por los meses que lleves completados hasta el 30 de junio del año en vigencia.

Un caso práctico del pago proporcional de aguinaldo de Fiestas Patrias:

Imagina que llevas 4 meses laborando. Tu sueldo es de S/3,000, más una asignación familiar de S/75 y te encuentras afiliado a EsSalud.

Lo primero que harás es calcular cuánto sería el monto total del aguinaldo:

S/3,075 x 1.09 = S/3,351.75

Ahora lo divides entre 6 y lo multiplicas por los meses que llevas:

S/3,351.75 / 6 = S/558.62 x 4 = S/2,234.50

Y este sería tu aguinaldo proporcional.

Aclaración:

Las fracciones de mes no se toman en cuenta, ya que la ley solo contempla el tiempo por mes completado, según el artículo de la Ley 27735:

«Si el trabajador no tiene vínculo laboral vigente en la fecha en que corresponda percibir el beneficio, pero hubiera laborado como mínimo un mes en el semestre correspondiente, percibirá la gratificación respectiva en forma proporcional a los meses efectivamente trabajados».

Inclusión de horas extras en el cálculo del pago por Fiestas Patrias

Si tienes horas extras en al menos 3 meses del último semestre, se toman en cuenta para el cálculo.

Para ello, deberás tomar el total de horas extras computadas en el semestre, dividirlas entre 6 y sumar el promedio al aguinaldo.

Un ejemplo:

Supón que has acumulado un total de S/1,200 en horas extras durante los últimos 6 meses (recordando que, de estas horas extras, algunas deben corresponder a los últimos 3 meses del semestre).

Primero divides así:

S/1,200 / 6 = S/200

Luego, si tu aguinaldo estaba calculado en S/3,351.75 por el sueldo de junio, le sumas esos S/200 y obtienes un total de S/3,551.75.

Sencillo, ¿verdad?

Liquidación de aguinaldo de Fiestas Patrias por terminación de contrato

Existe la posibilidad de que en algún momento desees renunciar a la empresa para la cual laboras actualmente.

También es posible que, por diversas razones, tu empleador decida poner fin a tu contrato.

En estos casos, la ley te protege para que puedas recibir tu aguinaldo por Fiestas Patrias proporcional por el tiempo que llevas laborado en el semestre.

La forma de calcularlo es igual a como se vio en el caso de tener poca antigüedad en la empresa. Solo debes contar los meses que haya entre el 1° de enero del año vigente y la fecha en que termina el contrato:

Luego, divides el aguinaldo que te correspondería entre 6 y lo multiplicas por los meses transcurridos. Así:

Si tu sueldo es de S/3,000, con una asignación familiar de S/75, estando afiliado a EsSalud y renuncias el 30 de abril.

Primero, calculas el aguinaldo que te correspondería si terminaras el semestre:

S/3,075 x 1.09 = S/3,351.75

Luego divides entre 6:

S/3,351.75 / 6 = S/558.62

El resultado obtenido lo multiplicas por los meses de enero a abril, es decir, por 4:

S/558.62 x 4 =S/2,234.48

Y esto es lo que deberán liquidarte como pago proporcional del aguinaldo por Fiestas Patrias.

Muy importante:

La gratificación o aguinaldo por Fiestas Patrias debe ser pagado como límite el 15 de julio de cada año. Pero pueden abonártelo antes.

Sin embargo, si un empleador se niega a pagar la gratificación correspondiente o se pasa de la fecha límite, puede ser multado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Los montos de esta multa pueden ir desde S/3,950 hasta S/197,500. Todo, dependiendo de la cantidad de trabajadores afectados y del tipo de empresa.

Conclusiones

El aguinaldo o gratificación por Fiestas Patrias es un derecho laboral muy beneficioso para ti como trabajador. Y debes recibirlo de acuerdo con las condiciones mencionadas.

Por ello, es importante que sepas que la ley te protege para que recibas tu pago como debe ser.

Para terminar, podemos decirte que este dinero extra puede serte de mucha utilidad para una inversión… Educación, vivienda, un ahorro, la adquisición de un bien, etc.

Planea bien en qué puedes utilizarlo, pues no se trata de dinero regalado. Es un merecido reconocimiento a tu esfuerzo como trabajador.

¡Felices Fiestas Patrias!

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Si necesitas información u orientación laboral, te recomendamos acercarte a la Secretaría de Trabajo.

 

Fuentes: Ley 30334, Ley General del Trabajo

 

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