Impuesto a la Renta para Independientes Ecuador 2026: Cálculo y Declaración
En Ecuador, el Impuesto a la Renta (IR) aplica tanto a trabajadores bajo relación de dependencia como a independientes (honorarios profesionales, actividades empresariales). Se declara anualmente ante el SRI (Servicio de Rentas Internas).
¿Quiénes deben declarar?
Obligados a declarar impuesto a la renta
- Personas naturales con ingresos anuales que superen la fracción básica gravada con tarifa 0% ($11.902 para 2025)
- Trabajadores que tuvieron más de un empleador durante el año
- Independientes (honorarios) con ingresos anuales sobre la fracción básica
- Personas que perciben rentas del exterior
Exentos de declarar
- Asalariados con un solo empleador cuyos ingresos no superan la fracción básica ($11.902 para 2025)
- Personas con ingresos solo de relación de dependencia donde el empleador hizo la retención completa
Fracción básica y tabla de tarifas 2025
El IR se calcula con una escala progresiva. Para el año fiscal 2025:
| Fracción básica | Fracción excedente hasta | Tarifa sobre excedente |
|---|---|---|
| $0 | $11.902 | 0% |
| $11.902 | $15.159 | 5% |
| $15.159 | $19.682 | 10% |
| $19.682 | $26.031 | 12% |
| $26.031 | $34.255 | 15% |
| $34.255 | $45.407 | 20% |
| $45.407 | $60.450 | 25% |
| $60.450 | $80.606 | 30% |
| $80.606 | En adelante | 35% |
Gastos deducibles para reducir el impuesto
La ley ecuatoriana permite deducir ciertos gastos personales para reducir la base imponible:
Para trabajadores en relación de dependencia
- Gastos personales: vivienda, alimentación, vestimenta, salud, educación, turismo y arte
- Límite: el menor entre el 50% del ingreso bruto o 1,3 veces la fracción básica ($15.473 para 2025)
- Debe presentarse el Formulario SRF (Proyección de Gastos Personales) a tu empleador en enero
Para independientes y empresarios
- Gastos necesarios para generar el ingreso (facturas con RUC)
- IESS (aporte patronal si tienes empleados)
- Depreciación de activos fijos
- Gastos de capacitación (hasta el 1% de la nómina)
Retenciones en la fuente
Los clientes que te contratan como independiente están obligados a retener parte del pago como anticipo del IR:
- Servicios profesionales: 10% de retención
- Honorarios en general: 8% de retención
- Comisiones: 2% de retención
Estas retenciones se restan del impuesto final que calcules en tu declaración anual.
Cómo calcular el impuesto paso a paso
- Sumar todos los ingresos del año (sueldos + honorarios + otras fuentes)
- Restar gastos deducibles y aportes al IESS
- Aplicar la tabla de tarifas sobre la renta neta imponible
- Restar las retenciones que ya te hicieron durante el año
- El resultado es el saldo a pagar (o a favor si pagaste de más)
Plazos para la declaración 2026 (rentas 2025)
La declaración del IR para personas naturales se realiza en marzo 2026 según el último dígito del RUC:
| Último dígito RUC | Fecha límite |
|---|---|
| 1 | 10 de marzo |
| 2 | 12 de marzo |
| 3 | 14 de marzo |
| 4 | 16 de marzo |
| 5 | 18 de marzo |
| 6 | 20 de marzo |
| 7 | 22 de marzo |
| 8 | 24 de marzo |
| 9 | 26 de marzo |
| 0 | 28 de marzo |
Multas por declaración tardía: desde el 3% por mes de retraso sobre el impuesto causado, más el 1% de interés mensual.
Cómo presentar la declaración
- Ingresar a sri.gob.ec → Servicios en línea → Formulario 102 (personas naturales)
- El SRI genera una propuesta automática para empleados con un solo empleador
- Revisar y completar ingresos adicionales y gastos deducibles
- Enviar antes de la fecha límite según tu RUC
Aportes al IESS como independiente
Si eres independiente afiliado voluntariamente al IESS, tus aportes son deducibles:
- Tasa: 17,60% sobre la base de aportación
- Se resta del ingreso bruto antes de calcular el impuesto
- Reduce significativamente la carga tributaria si tus ingresos son altos