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Aguinaldo trabajadoras del hogar 2026: cuánto te toca

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Si eres trabajadora del hogar, te corresponden como mínimo 15 días de salario de aguinaldo, y deben pagártelos antes del 20 de diciembre de 2026 (artículos 87 y 334 Bis de la Ley Federal del Trabajo, o LFT). Da igual si trabajas de planta, de entrada por salida o solo unos días a la semana. Si entraste este año, te toca la parte proporcional a los días que trabajaste.

¿Cuánto te toca de aguinaldo?

Si te pagan por mes, divide tu salario entre 30 para sacar el salario diario y multiplícalo por 15. Con $10,500 al mes, tu día vale $350 y el aguinaldo es de $5,250.

Esos 15 días son el mínimo de la ley. Si con tu patrón acordaron más, te toca lo acordado.

La calculadora de arriba hace la misma cuenta con tu salario mensual y tu fecha de ingreso. Para una trabajadora del hogar no hay una fórmula distinta.

¿Cuándo se paga?

Antes del 20 de diciembre (artículo 87 de la LFT). En 2026 el 20 cae en domingo, así que el dinero tiene que estar en tu mano antes de esa fecha.

Si trabajas por días o en varias casas

El aguinaldo te toca aunque vayas pocos días. Lo que cambia es cómo sacas tu salario diario.

Si te pagan una tarifa fija por cada día que trabajas, esa tarifa es tu salario diario. No hay nada que dividir. Con $450 por día, el aguinaldo de esa casa es de $450 × 15 = $6,750, vayas tres días por semana o cinco.

Solo cuando tienes un sueldo fijo por semana se divide entre 7 para sacar el día. Con $1,400 a la semana, tu día vale $200 y el aguinaldo es de $3,000.

Si trabajas en varias casas, cada patrón te debe su propio aguinaldo. Si llevas todo el año en una casa, son los 15 días completos de tu tarifa. Si empezaste a mitad de año, o dejaste de ir antes de diciembre, es la parte proporcional a los días que trabajaste en esa casa.

Para usar la calculadora con un salario diario, escribe el salario diario multiplicado por 30. Con $450, escribe $13,500.

Si entraste o saliste durante el año

Si no completaste el año, te toca la parte proporcional, aunque ya no trabajes ahí cuando se paga el aguinaldo (artículo 87):

(salario diario × 15) × días trabajados ÷ 365

Si entraste el 1 de septiembre de 2026 y ganas $10,500 al mes, al 31 de diciembre llevas 122 días: $5,250 × 122 ÷ 365 = $1,754.79.

Si dejas el trabajo antes de diciembre, esa parte proporcional va dentro de tu finiquito.

¿Cuentan los alimentos y la habitación?

La LFT dice que, salvo pacto en contrario, tu pago incluye además del efectivo los alimentos y, si vives en la casa, la habitación. Para efectos de la ley se valoran en el 50% del salario en efectivo (artículo 334). Lo que la ley no dice es si ese 50% se suma al calcular el aguinaldo. La calculadora usa solo el salario en efectivo. Si recibes alimentos o habitación y quieres saber si deben sumarse, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) te asesora gratis.

Si eres la persona empleadora

  • Paga al menos 15 días de salario antes del 20 de diciembre.
  • Si la trabajadora entró durante el año, paga la parte proporcional a los días trabajados.
  • Las trabajadoras del hogar tienen derecho a aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso y seguridad social (artículo 334 Bis), y su trabajo se fija en un contrato por escrito (artículo 331 Ter).

Otras dudas

¿Me toca aguinaldo si no tengo contrato por escrito?

Sí. El aguinaldo es un derecho que da la ley, no el contrato. La LFT pide el contrato escrito, pero que no exista no te quita nada.

¿Me lo pueden pagar en especie o en vales?

No. El salario se paga en moneda de curso legal, no en mercancías ni en vales (artículo 101), y el aguinaldo se mide en días de salario.

¿A quién acudo si no me lo pagan?

A la PROFEDET, que asesora y representa gratis a las personas trabajadoras, o al Centro de Conciliación Laboral de tu estado.

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Fuentes: Ley Federal del Trabajo, Cámara de Diputados, Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

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