ISR para freelancers y servicios profesionales en México [2026]
Si prestas servicios profesionales de forma independiente (freelancer, consultor, médico, abogado, diseñador, etc.) en México, tienes que pagar ISR e IVA al SAT. Esta guía explica cuánto pagas, en qué régimen conviene tributar y cómo hacer tus pagos.
Temas:
- ¿En qué régimen debo tributar?
- RESICO: el régimen simplificado para freelancers
- Régimen de actividades empresariales y profesionales
- ¿Cuánto ISR debo pagar?
- ¿Y el IVA?
- ¿Cómo hacer mis pagos al SAT?
¿En qué régimen debo tributar?
Existen dos opciones principales para freelancers y profesionales independientes:
| Régimen | Ingresos anuales | Ventaja principal |
|---|---|---|
| RESICO (Simplificado de Confianza) | Hasta $3,500,000 MXN | Tasa fija baja, sin llevar contabilidad compleja |
| Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales | Sin límite | Puedes deducir gastos reales |
La mayoría de freelancers con ingresos moderados prefieren el RESICO por su simplicidad.
RESICO: el régimen simplificado de confianza
Desde 2022, el SAT creó el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) especialmente para personas físicas con actividades empresariales o profesionales.
¿Quién puede entrar?
- Personas físicas con ingresos anuales ≤ $3,500,000 MXN
- Que no sean socios o accionistas de empresas
- Que no presten servicios al patrón anterior (primeros 2 años)
Tasas ISR en RESICO 2026
| Ingresos anuales | Tasa de ISR |
|---|---|
| Hasta $300,000 MXN | 1.00% |
| $300,001 – $600,000 MXN | 1.10% |
| $600,001 – $1,000,000 MXN | 1.50% |
| $1,000,001 – $2,000,000 MXN | 2.00% |
| $2,000,001 – $3,500,000 MXN | 2.50% |
Ejemplo RESICO: Si facturas $600,000 al año:
- ISR anual: $600,000 × 1.10% = $6,600 MXN
- Mensual: ~$550 MXN
¿Cómo se pagan en RESICO?
Los pagos son mensuales y se realizan en el portal del SAT (Mi Portal / SAT ID):
- Plazo: a más tardar el día 17 del mes siguiente
- Sin necesidad de presentar declaración mensual de IVA (se presenta anualmente)
Régimen de actividades empresariales y profesionales
Este régimen aplica si tus ingresos superan $3.5 millones o si tienes gastos deducibles significativos que conviene aplicar.
¿Cómo se calculan los pagos provisionales?
Cada mes calculas y pagas un anticipo de ISR:
Ingresos acumulados del año
− Deducciones autorizadas acumuladas
= Utilidad fiscal
− PTU pagada (si aplica)
× Tasa progresiva ISR
= Impuesto del período
− Retenciones recibidas en el período
= Pago provisional a enterar
Tarifas ISR mensuales (régimen general) 2026
| Ingreso mensual (MXN) | Tasa marginal |
|---|---|
| Hasta $8,952 | 1.92% |
| $8,952 – $75,984 | 6.40% |
| $75,984 – $133,536 | 10.88% |
| $133,536 – $155,229 | 16% |
| $155,229 – $185,852 | 17.92% |
| $185,852 – $374,837 | 21.36% |
| $374,837 – $590,795 | 23.52% |
| Más de $590,795 | 30% |
Deducciones permitidas
En el régimen general puedes deducir:
- Renta de oficina
- Equipo de cómputo y tecnología
- Gastos de telefonía e internet
- Papelería y materiales
- Sueldos de asistentes
- Cuotas al IMSS como patrón
- Depreciación de activos
- Gasolina (50% con tope)
¿Cuánto ISR debo pagar? (ejemplo comparativo)
Escenario: Ingresos anuales de $1,000,000 MXN
| Régimen | ISR estimado |
|---|---|
| RESICO (1.5%) | $15,000 MXN |
| Régimen general (sin deducciones) | ~$180,000 MXN |
| Régimen general (con $300K en deducciones) | ~$100,000 MXN |
Si tienes pocos gastos deducibles, el RESICO es casi siempre más conveniente.
¿Y el IVA?
La mayoría de servicios profesionales causan IVA del 16%, que debes cobrar a tu cliente en la factura y entregar al SAT.
En RESICO:
- Emites factura con IVA 16% al cliente
- Presentas declaración de IVA anualmente (no mensual)
- Pagas el IVA cobrado menos el IVA pagado en tus gastos
En régimen general:
- Presentas declaración de IVA mensualmente (junto con pago provisional ISR)
- Pagas el IVA causado menos el acreditable
Nota: Algunos servicios están exentos de IVA (servicios médicos, educación, etc.) o tienen tasa 0%.
¿Cómo hacer mis pagos al SAT?
1. Regístrate en el SAT
Si aún no tienes RFC con actividad económica:
- Ingresa a sat.gob.mx → Trámites RFC
- O acude a cualquier oficina del SAT con CURP, identificación y comprobante de domicilio
2. Genera tu e.firma (firma electrónica)
Necesaria para hacer trámites y presentar declaraciones.
3. Emite CFDI (facturas electrónicas)
Debes emitir facturas con un PAC (Proveedor Autorizado de Certificación). Opciones gratuitas: SAT propio, Factura.com básico. Opciones de pago: CONTPAQi, Aspel, etc.
4. Presenta tus declaraciones
- Mensual (régimen general): Pago provisional ISR + declaración IVA antes del día 17
- RESICO: Pago mensual de ISR antes del día 17
- Anual (ambos regímenes): Declaración anual en abril
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Fuentes: SAT México – RESICO, Ley del ISR, Ley del IVA