El Salvador

Licencia de maternidad en El Salvador: Cuánto tiempo es

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¿Qué es la licencia de maternidad?

Se trata de un período de incapacidad remunerada. En el mismo, podrás recuperarte del parto y atender a tu bebé en sus primeras semanas de vida. Luego, se te permitirá volver a tus labores en el trabajo. El concepto de descanso por maternidad para las trabajadoras embarazadas es algo común en casi todos los países. Este es uno de los derechos más importantes para las madres salvadoreñas y es importante que te informes al respecto.  Brindar el respectivo descanso por maternidad es obligación de tu patrono. 

Si eres trabajadora y estás embarazada, una de las preguntas que tal vez te harás es cuánto tiempo te corresponde por licencia de maternidad en El Salvador.

¿Cuánto tiempo dura la licencia por maternidad?

La licencia por maternidad en El Salvador solía tener una duración de 12 semanas. Pero gracias a una reforma al artículo 309 del Código de Trabajo (Decreto Legislativo 143 de 2015), desde 2015 tiene una duración de 16 semanas (112 días). Y se reparten así:

Al menos 10 de las 16 las debes tomar después del parto. Las otras 6, antes del mismo. Para ello un médico debe estimar la fecha aproximada de parto.

Por supuesto, si la fecha de parto se prolonga unos días (una semana, por ejemplo. Algo que puede pasar), entonces el descanso previo al parto se prolonga hasta la fecha verdadera. Esto no reduce las 10 semanas posteriores a las que tienes derecho.

Es decir que, cuando ya te falte un mes y medio aproximadamente, deberás dejar de llegar al trabajo. Así podrás descansar y cuidar al máximo las últimas semanas de tu embarazo.

Lo anterior se encuentra en el artículo 309 del Código de Trabajo:

Art. 309.- El patrono está obligado a dar a la trabajadora embarazada, en concepto de descanso por maternidad, dieciséis semanas de licencia, diez de las cuales se tomarán obligatoriamente después del parto; y además, a pagarle anticipadamente una prestación equivalente al setenta y cinco por ciento del salario básico durante dicha licencia.

El mismo artículo permite al patrono descontar de ese 75% lo que recibas como subsidio del ISSS. En la práctica funciona así:

  • Si cotizas al ISSS y tienes derecho al subsidio: el ISSS te paga el 100% de tu salario base durante las 16 semanas, y tu patrono normalmente no tiene que pagarte nada adicional.
  • Si no estás cubierta por el ISSS: tu patrono debe pagarte por anticipado el 75% de tu salario básico por las 16 semanas.

Casos especiales:

Según la ley salvadoreña, si se da el caso de que sufras alguna consecuencia médica a causa del embarazo, el descanso prenatal puede extenderse bajo certificación médica.

Subsidio por incapacidad temporal por maternidad del ISSS

Si eres cotizante del ISSS (Instituto Salvadoreño del Seguro Social), durante la licencia recibes un subsidio diario del 100% de tu salario base, por 112 días (16 semanas). La fecha del parto debe quedar dentro de esos 112 días. Este subsidio es solo para la madre cotizante y sustituye la prestación del 75% que pagaría el patrono.

El subsidio se calcula sobre tu salario base de cotización al ISSS, que tiene un tope. Si ganas más que ese tope, el subsidio puede ser menor que el 75% de tu salario real; en ese caso tu patrono debe completarte la diferencia hasta ese 75% (artículo 309 del Código de Trabajo).

Para tener derecho debes cumplir las cotizaciones mínimas que exige el ISSS. Puedes confirmar tu derecho con tu DUI llamando al 127 del ISSS.

Para solicitarlo, debes presentar tu DUI, tu carnet del Seguro, los plantares del bebé y tu número de afiliación de AFP. (También vale la afiliación al IPSFA o al INPEP).

Además, debes presentar:

  • Hoja de retiro por descanso de maternidad (la llena tu patrono).
  • Hoja de incapacidad temporal (hoja celeste) firmada y sellada.

Recuerda que, si estás afiliada al Seguro Social, puedes recibir también consultas y asistencia médica pre y posnatal, así como atención durante el parto.

Puedes encontrar más información en el sitio web del ISSS.

¿Pueden despedirme estando embarazada?

El Código de Trabajo de El Salvador protege a la mujer contra el despido a causa de su embarazo. El artículo 113, reformado en 2018 (Decreto Legislativo 41), establece que desde que comienza el embarazo y hasta seis meses después de terminar el descanso posnatal, el despido no termina tu contrato de trabajo.

Y hay más: el despido de hecho o con juicio previo no procede durante ese período, excepto si la causa es anterior a tu embarazo. Pero, aun así, solo tendrá efecto cuando terminen esos seis meses. Es decir que durante tu embarazo y los seis meses posteriores a la licencia conservas el derecho de seguir trabajando. El patrono que incumpla esta garantía puede ser multado con tres a seis salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios.

Atención a esto:

El Código de Trabajo señala claramente que, si estás embarazada, a partir del 4° mes no se te debe asignar ningún trabajo pesado. Tampoco labores que te pongan en riesgo de aborto:

Art. 110.- Se prohíbe a los patronos destinar mujeres embarazadas a trabajos que requieran esfuerzos físicos incompatibles con su estado. Se presume que cualquier trabajo que requiera un esfuerzo físico considerable, es incompatible con el estado de gravidez después del cuarto mes de embarazo.

¿Qué hacer para solicitar la licencia de maternidad en El Salvador?

Si sabes que estás embarazada, lo único que debes hacer es presentar a tu patrono una constancia médica donde se confirme tu estado de embarazo. El documento debe indicar también la fecha probable de parto.

Para tener derecho a la prestación económica del 75% del salario básico que paga el patrono, debes haber trabajado para el mismo empleador durante los 6 meses anteriores a la fecha probable de parto (artículo 311 del Código de Trabajo). En todo caso, siempre tienes derecho a las 16 semanas de licencia.

Permiso de lactancia

La ley salvadoreña también establece que las trabajadoras que están en período de lactancia tienen derecho a 1 hora diaria de permiso para tal fin. Esta se puede dividir en 2 medias horas si así lo solicitas. Este permiso también es remunerado.

Esto está contemplado en el artículo 312 del Código de Trabajo, que ordena contar esas pausas como horas de trabajo, y en el Reglamento de la Ley de Promoción, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna.

Por ejemplo, si vives cerca de tu trabajo y tienes 1 hora de almuerzo, puedes solicitar la hora de lactancia a continuación. Así puedes ir a casa y volver. Otra opción es que puedas extraer tu leche y conservarla para darla a tu hijo posteriormente.

Dentro de la empresa debe existir un un área privada designada para la extracción de leche o para las mujeres que necesiten amamantar a tu hijo en el lugar. Según la ley, debe contar con sillón o silla con brazos. Debe ser un sitio higiénico y estar bien ventilado e iluminado. También, debe poseer un refrigerador para conservar la leche y un lavamanos, así como material informativo sobre la lactancia, extracción de leche humana y su conservación.

Si trabajas en lugares de oficinas compartidas, como centros comerciales o mercados, se debe designar un área común con la directiva.

El permiso de lactancia se extiende hasta los 6 meses como mínimo. En las empresas en las que el contrato colectivo establezca más tiempo, prevalece este último.

Para hacer uso de este beneficio, debes presentar a tu patrono un formulario de permiso. Podrás solicitarlo en el Ministerio de Salud (MINSAL).

Permiso de paternidad

En El Salvador, el permiso de paternidad existe desde 2013 y sigue siendo de 3 días con goce de sueldo a septiembre de 2026. El patrono debe pagarte el equivalente a tu salario ordinario de esos 3 días (artículo 29, numeral 6, literal d, del Código de Trabajo).

Desde la reforma de 2018 (Decreto Legislativo 900), tú eliges cómo tomarlos: de forma continua desde el día del nacimiento, o repartidos dentro de los primeros 15 días desde la fecha del nacimiento. Para gozar de la licencia debes presentar la partida de nacimiento de tu hijo.

Permiso por adopción en El Salvador

Esta también es una reforma reciente al Código de Trabajo y se indica lo mismo que para el caso del permiso de paternidad. Es decir que los padres adoptivos pueden contar con un permiso de 3 días también.

Lo anterior está detallado en el artículo 29 del Código, que habla sobre las obligaciones del patrono. El numeral 6, literal d) indica lo siguiente:

6. Conceder licencia al trabajador y trabajadora:

d) Por tres días en caso de paternidad por nacimiento o adopción; licencia que se concederá a elección del trabajador desde el día del nacimiento, de forma continua, o distribuirlos dentro de los primeros quince días desde la fecha del nacimiento. En el caso de padres adoptivos, el plazo se contará a partir de la fecha en que quede firme la sentencia de adopción respectiva. (…) Por esta licencia, el patrono estará obligado a reconocer una prestación económica equivalente al salario ordinario de tres días.

Para obtener este permiso, debes presentar a tu empleador la certificación de la sentencia de adopción. Desde luego, esta licencia de tres días también es remunerada, por lo que no debe realizarte ningún descuento por ello.

Pago de aguinaldo durante la licencia de maternidad

Es importante mencionar que el permiso por maternidad, paternidad o adopción en El Salvador se cuenta como tiempo efectivo de trabajo. Por lo tanto, no se puede aplicar descuentos a las prestaciones que los trabajadores perciben por el período de permiso. Esto quiere decir que si tu hijo nace para la época en la que se hace el pago de aguinaldo en El Salvador, debes recibirlo íntegro.

En síntesis

Conocer sobre los derechos que te avalan como trabajadora es de mucha importancia. Sobre todo, si estás embarazada. El Estado vela por la protección de las mujeres en estado de embarazo, a fin de que puedan tener un cuidado adecuado. Se garantiza que el trabajo desempeñado no pondrá en riesgo su embarazo. Además, tras el parto, que podrá cuidar de su hijo recién nacido en sus primeros días de vida y tener asegurado el trabajo durante ese tiempo.

Por otro lado, podemos ver que el permiso de paternidad es bastante bajo comparado con otros en el mundo. Aun así, es un pequeño avance en materia de igualdad de reparto de responsabilidades parentales, igualdad de género y derechos laborales.

Recuerda que la licencia por maternidad o paternidad es un derecho legítimo de los trabajadores. No pueden negarlas o despedirte por ello. Dichas licencias deben solicitarse directamente con el empleador o patrono del lugar en que laboras.

Importante:

La licencia de maternidad y permiso de paternidad en El Salvador aplican tanto al sector público como al sector privado.

No olvides tramitar tu permiso con la suficiente anticipación. Coordina todo en tu lugar de trabajo, ya que de ese modo, tus jefes podrán asignar un suplente. Así podrás gozar con más tranquilidad de tu tiempo de descanso y cuando vuelvas al trabajo después del parto, encontrarás las cosas en orden.

Si necesitas asesoría en derechos laborales o tienes consultas sobre los permisos, puedes acercarte al Ministerio de Trabajo o el ISSS. Encuentra la información de contacto en los respectivos sitios institucionales.

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Fuentes: Código de Trabajo de El Salvador, Reglamento de la Ley de Promoción y Apoyo a la Lactancia Materna, ISSS: preguntas frecuentes sobre subsidios

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