Calculadora de pago de horas extras República Dominicana

Completa con la cantidad de horas acumuladas, deja en blanco las que no aplican



Generalmente son 8 horas






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¿Qué son las horas extras?

Dentro del quehacer de toda empresa, existe ocasiones en las que los trabajadores debe realizar horas extras. Es decir, que deben laborar más allá de su horario normal de trabajo debido a alguna situación extraordinaria.

Tal como sucede con todas las otras áreas del trabajo dentro del país la ley dominicana rige también lo referente a las horas extras. En el Código de Trabajo se detallan las normas a seguir en cuanto al pago de las horas extras en República Dominicana.

En este artículo vamos a explicar cuáles son dichas normas y cómo se calcula el pago de horas extras en República Dominicana. Para empezar, como sabes, dentro de cada empresa hay un horario de trabajo regular que debes cumplir. A este tiempo se le conoce como jornada ordinaria.

Cualquier tiempo que se salga de dicho horario se considera como horas extraordinarias u horas extras en República Dominicana. Primero veamos cuánto deben durar las jornadas regulares:

Tipos de jornada de trabajo en República Dominicana

Según el artículo 147 del Código de Trabajo, la duración de la jornada de trabajo se determina en tu contrato. Pero no puede ser de más de 8 horas diarias ni de 44 a la semana.

Cada jornada semanal termina a mediodía el sábado. Es decir que sábado en la tarde y domingo todo el día, se consideran de descanso.

Sin embargo, dependiendo del tipo de empresa o del servicio que brinden, el Secretario de Estado de Trabajo puede disponer que la jornada semanal termine en una hora diferente.

Esto será en acuerdo con las empresas interesadas.

Si se trata de trabajos peligrosos o en condiciones insalubres, el máximo de horas diarias es de 6. Semanales, son 36. Desde luego, la reducción en la jornada no implica reducción en el salario.

Los pocos casos en los que esto no es aplicable son:

  • Representantes o mandatarios del empleador.
  • Puestos de dirección o de inspección.
  • Trabajadores de pequeños comercios rurales de tipo familiar o de una sola persona.
  • Labores intermitentes o que requieran la sola presencia del trabajador en la empresa. Sin embargo, tampoco se permiten más de 10 horas diarias en estos casos.

Las jornadas laborales puede ser de 3 tipos:

  • Diurna: De 7 a.m. a 9 p.m.
  • Nocturna: De 9 p.m. a 7 a.m.
  • Mixta: La que tiene horas en jornada diurna y nocturna, siempre y cuando las nocturnas no sean más de 3 (de lo contrario se considera toda nocturna).

Cada jornada debe tener al menos un descanso intermedio de al menos 1 hora después de 4 consecutivas. O de 1.5 horas después de 5 consecutivas.

Como ya se ha dicho, el horario de trabajo es establecido libremente en cada contrato.

Fuera de dicho horario, las jornadas solo pueden extenderse en caso de que sea imprescindible por:

  1. Accidentes ocurridos o inminentes.
  2. Trabajos imprescindibles cuya paralización pueda causar perjuicios graves.
  3. Trabajos cuya interrupción pueda dañar la materia prima.
  4. Caso fortuito o fuerza mayor.
  5. Si hay un aumento extraordinario de trabajo.

¿Cuál es el número máximo de horas extras que se puede trabajar en República Dominicana?

Cuando el empleador necesite extender las jornadas regulares, está en obligación de notificar al Representante Local de Trabajo, para que compruebe el caso.

De igual forma, no se puede acumular más de 80 horas extras trimestrales.

Para las empresas donde el trabajo sea de funcionamiento continuo, tiene que haber turnos de 8 horas para los trabajadores.

En estos casos la jornada puede prolongarse 1 hora más, pero sin exceder 50 horas semanales.

Obviamente, las primeras 44 se pagan como ordinarias, el resto, se pagan como extras.

El Código establece que, en cada empresa, debe estar en un lugar visible la siguiente información:

  • Horas de inicio y fin de la jornada de cada trabajador
  • Períodos intermedios de descanso
  • Días de descanso semanal de cada trabajador

En caso de necesitar hacer horas extras, el empleador debe poner también el horario, la causa y la retribución extraordinaria que va a pagar a cada quien.

Además, cada empresa debe llevar un registro de las horas extras que haga cada trabajador.

¿Cómo se pagan las horas extras en República Dominicana?

Llegamos a la parte que nos interesa, y es saber cómo se calcula el pago de horas extras.

Primero, veamos la teoría en el Código de Trabajo:

Art. 203.- Los salarios correspondientes a horas extraordinarias de trabajo deben pagarse a los trabajadores en la siguiente forma:

  1. Por cada hora o fracción de hora trabajada en exceso de la jornada y hasta sesenta y ocho horas por semana, con un aumento no menor del treinta y cinco por ciento sobre el valor de la hora normal;
  2. Por cada hora o fracción de hora trabajada en exceso de sesenta y ocho horas por semana, con un aumento no menor de ciento por ciento sobre el valor de la hora normal.

En caso de que el salario del trabajador sea pagado por labor rendida, el valor de la hora normal de trabajo se determinará por el cociente que resulte de dividir el monto del salario devengado por el número de horas empleadas en dicha labor.

¿Qué quiere decir todo esto?

Primero: que, si trabajas más de las 44 horas semanales, pero menos de 68, tu hora extra vale como una hora normal más el 35% de recargo.

A partir de las 68 horas, si tienes más extras, se pagan con el 100% adicional

Las horas se determinan dividiendo tu salario mensual entre 23,83 (promedio de días de trabajo en el mes).

Luego, dicho monto entre la duración de tu jornada ordinaria, que normalmente es de 8 horas, como ya se vio.

Nota: Si el trabajo es por obra, entonces divides tu salario ganado por las horas empleadas en cada obra.

Veamos un ejemplo de cómo se calculan las horas extras en República Dominicana:

Imagina que tu salario es de RD$21.000 y tu horario normal de trabajo es de 7 a.m. a 4 p.m. Luego, en una semana debes laborar hasta las 5 de la tarde del lunes al viernes. Con ello, acumulaste 5 horas extras en la semana.

Lo primero que harás es sacar el valor de tu hora ordinaria. Divides tu salario mensual entre 23,83

RD$21.000 / 23,83 = RD$881,24

Luego entre tu jornada regular, que es de 8 horas en este caso.

RD$881,24 / 8 = RD$110,16

Este valor de tu hora ordinaria lo debes multiplicar por 1,35 para determinar el valor de tu hora extra:

RD$110,16 x 1,35 = RD$148,71 por cada hora extra

Por último, lo multiplicas por las horas extras que has acumulado:

148,71 x 5 = RD$743,55

Horas extras en trabajo nocturno

Un punto importante a conocer, es que el trabajo nocturno se paga con un aumento del 15% sobre el valor de la hora regular.

Por lo que, en caso de hacer horas extras en horario nocturno, deberás multiplicar:

  1. La hora regular por el 35%
  2. La misma hora regular por el 15%

Luego sumarás ambas cantidades.

Ejemplo de pago de horas extras en horario nocturno:

Siguiendo el ejemplo anterior, imagina que en una ocasión te toca entrar a las 6 a.m. a trabajar. En este caso, acumulas 1 hora extra, pero se encuentra dentro del período considerado nocturno.

Por lo tanto, la hora ordinaria que hemos determinado en RD$110,16 se operará así:

RD$110,16 x 1,35 = RD$148,71

RD$110,16 x 0,15 = RD$16,52

Ahora sumamos:

RD$148,71 + 16,52 = RD$165,23

Como en este caso, solo es 1 hora, al multiplicar por la cantidad de horas extras acumuladas, el valor no cambia.

Fácil, ¿cierto?

Un último punto a señalar:

En caso de que te toque trabajar en un día de descanso o en un día que se considere legalmente no laborable por ser festivo, el pago por hora laborada es del 100% adicional, es decir que se paga doble.

Por tanto, tu hora ordinaria deberás multiplicarla por 2 y luego por las horas trabajadas en tales días.

Conclusiones

Como has podido ver, el cálculo del pago de horas extras en República Dominicana es bastante sencillo. Pero recuerda que toda hora extra debe estar autorizada y que se debe llevar un registro. De ese modo, siempre sabrás cuánto te deben pagar.

Las horas extras son una buena forma de ganar un dinero adicional en el mes. A la vez, ayuda a las empresas a superar situaciones extraordinarias de trabajo.

Sin embargo, esto no debe convertirse en algo permanente. Es obligación del empleador contratar al personal de planta que haga falta para cumplir el trabajo dentro de las jornadas normales.

De ese modo, también se garantiza que tú tengas un horario justo y tiempo para ti y tu familia.

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Fuentes: Código de Trabajo de República Dominicana

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