¿Qué es la licencia por maternidad en Ecuador?

El derecho a gozar de una licencia por maternidad en Ecuador es un asunto de mucho interés para todas las trabajadoras que están a punto de convertirse en madres.

Si ya has confirmado tu estado de embarazo y te encuentras laborando, seguro te preguntarás: “¿Cuánto tiempo me toca de licencia por maternidad? ¿Quién cuidará de mi bebé cuando nazca?”, entre muchas otras preguntas.

La licencia de maternidad es un período de descanso remunerado de 12 semanas del que gozan las mujeres que están a punto de convertirse en madres. Las mismas se distribuyen de la siguiente forma:

  • 2 semanas previas a la fecha estimada de parto
  • 10 semanas posteriores al nacimiento de tu hijo

Lo anterior se encuentra contemplado en el Art. 152 del Código del Trabajo de Ecuador.

En el mismo se establece que en caso de nacimientos múltiples, este tiempo se extiende por 10 días más.

Además, el Código señala que debes recibir tu remuneración salarial íntegra. Es decir, tu pago al 100%.

¿Cómo tramitar la licencia por maternidad en Ecuador?

La ausencia al trabajo por permiso de maternidad se justifica presentando un certificado médico extendido por el IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) o por un médico particular. En el mismo debe constar la fecha probable del parto o la fecha en que se ha producido.

El IESS brinda además el servicio de atención por maternidad para todas las afiliadas a través del Seguro de Salud, tanto durante el embarazo como en el parto y posterior a este.

Para recibir atención médica y controles del embarazo, puedes solicitar tu cita al IESS por teléfono (Número de contacto: 1 800 100000. O puedes marcar el 140).

Los afiliados en mora reciben atención médica y el empleador paga el costo.

Cuando exista responsabilidad patronal, puedes ser atendida en las unidades médicas del IESS o particulares. Tu empleador asume este costo.

Por otro lado, podrás recibir un subsidio de dinero durante el descanso por maternidad.

Requisitos para tramitar tu licencia

Para tramitar el permiso de maternidad, debes haber aportado al menos por 12 meses continuos, abonados antes del parto. Esto, ya sea que estés con afiliación del régimen obligatorio, voluntario o a tiempo parcial. También si eres beneficiaria de tu cónyuge. Otro requisito es que no exista mora patronal.

Trámite del subsidio de maternidad

Para poder recibir los pagos de subsidio que te otorga ley como afiliada al IESS, debes cumplir con lo siguiente:

  • Haber aportado al IESS al menos por 12 meses continuos antes del parto.
  • No tener mora patronal
  • Tener cuenta bancaria en el IESS

El subsidio por maternidad se solicita 8 días hábiles después del parto. Para ello, debes presentar tu certificado médico. Esto lo haces en la ventanilla de Estadística. También puede ser en las oficinas de Calificación Médica, de la unidad médica del IESS de tu domicilio.

El subsidio se paga a mes vencido.

Ejemplo: Si el certificado ingresa entre el 1 y el 30 de junio, el pago se realiza a partir del 15 de julio.

Trámite para el egreso postparto

Una vez que has tenido a tu bebé, para darte de alta en el centro de salud deberás verificar y tener en cuenta lo siguiente:

  • Debes recibir tu nota de alta.
  • El personal de neonatología te dará la tarjeta de la cuna (blanca) y el carnet de control infantil.
  • Debes acudir a la Secretaría de Obstetricia para canjear tu certificado junto con los siguientes documentos:
    • Nota de alta
    • Tarjeta de la cuna (blanca)
    • Carnet de control infantil
    • Cédula de ciudadanía (original y copia)
    • Copia del certificado de reposo prenatal.
  • Si diste a luz por cesárea, un familiar tuyo debe haber donado una pinta de sangre al banco de sangre de la unidad médica en la que te atendieron. Luego, debes presentar el ticket de donación para canjear del certificado médico.
  • La Secretaría de la unidad médica te dará una copia del certificado médico para que lo entregues en tu lugar de trabajo.

¿Pueden despedirme por estar embarazada?

El artículo 153 del Código establece que la ley te protege contra el despido por causa del embarazo. Tampoco puede reemplazarte de forma definitiva durante el período que estés de permiso de maternidad.

Recuerda que durante el período pre y postnatal tienes derecho a una remuneración completa. Es decir que no pueden pagarte menos salario ni dejar de pagarte.

La excepción para el no pago directo de salario es en caso de tener el subsidio de la Seguridad Social, siempre que cubra dicho monto o más.

Por otro lado, la ley dice que si debes ausentarte por complicaciones o enfermedades consecuencia del embarazo, tienes hasta 1 año de licencia, durante el cual no puedes ser despedida. Para ello, desde luego, debes presentar la constancia médica correspondiente.

Sin embargo, ten en cuenta que más allá de las 12 semanas del permiso de maternidad, el tiempo adicional de licencia no es remunerado. Esto, salvo pocas excepciones puntualizadas en la ley.

Toma nota:

Las infracciones a las normas de ley acerca de tus derechos son penadas con multas hacia los empleadores que las incumplan. El valor de la multa es entregado a la mujer perjudicada.

La policía cooperará con la Inspección del Trabajo y autoridades competentes.

Permiso de lactancia

Las afiliadas tienen derecho a 2 horas de permiso por lactancia, durante los 12 meses posteriores al parto. Es decir que tu jornada laboral tendrá una duración de 6 horas hasta que tu hijo cumpla un año de edad.

Este tiempo de permiso, desde luego, se cuenta como efectivo y no pueden descontarte dinero ni reducirte el sueldo por ello.

En las empresas que tengan 50 trabajadores o más, debe existir un local anexo o cercado donde se tenga el servicio de guardería. En el mismo, deben brindar atención, alimentación y cuidados a tu bebé.

Los empleadores que no puedan cumplir con este requisito de forma directa, deben asociarse con otras empresas o un tercero que brinde el servicio.

Licencia por paternidad en Ecuador

Los trabajadores también tienen derecho a gozar de una licencia por paternidad. Esto, a fin de que puedan ayudar a la madre durante los primeros días y disfrutar de la llegada del recién nacido.

La licencia por paternidad en Ecuador se extiende por 10 días calendario en el caso de un parto normal. Para nacimientos múltiples o por cesárea se extiende hasta 15 días.

Parto prematuro

Si el bebé nace de forma prematura y necesita cuidados especiales, la licencia por paternidad se prolonga por 8 días remunerados.

Enfermedad degenerativa, terminal o irreversible

Para casos especiales en los que el bebé nazca con alguna de estas condiciones, el padre puede extender el tiempo a 25 días remunerados. Para ello, debe presentar un certificado médico otorgado por el IESS o por un médico privado.

En caso de fallecimiento de la madre durante el parto o durante las 10 semanas de licencia materna posparto, el tiempo restante se transfiere al padre.

Licencia por adopción

Para los padres que desean adoptar un hijo, la ley también contempla la posibilidad de tener un permiso especial. Según el Código, el tiempo de licencia por adopción es de 15 días a partir de que recibas legalmente a tu hijo en casa.

Pago del décimo tercer sueldo durante la licencia de maternidad

El tiempo que se da a la trabajadora como licencia de maternidad en Ecuador se cuenta como tiempo efectivo laborado. Por ello, no se permite descontar el período de permiso para calcular las prestaciones del trabajador. El empleador debe hacer el pago del decimotercero en la fecha y cantidad correspondiente. Lo mismo aplica para el caso de la licencia por paternidad y adopción.

Conclusiones

La ley ecuatoriana protege la maternidad y a las mujeres embarazadas contra el despido. A la vez, brinda un tiempo apropiado de descanso posparto para que puedas cuidar a tu hijo. Por lo tanto, podemos decir que es uno de los derechos más importantes de las madres en materia de seguridad social.

Por otro lado, la licencia por paternidad es una de las de más duración en la región y también incluye la posibilidad de prolongarla por parto múltiple o prematuro. Esto es un gran indicador de los avances en materia equidad de género y distribución de labores de cuido de los hijos.

La Ley, además, es inclusiva para las familias adoptivas, ya que, como sabrás, al adoptar un hijo, necesitarás hacer los cambios necesarios en la rutina familiar por la llegada del nuevo miembro.

Además, se contempla el cuido de los hijos menores en centros especializados cercanos al lugar de trabajo.

Un consejo para terminar:

Procura tramitar con tiempo toda la documentación necesaria. Puedes llamar al IESS para solicitar información complementaria.

Coordina todo con tu jefe antes de irte de licencia para que se busque a la persona que cubrirá tu cargo durante tu ausencia y que dejes indicaciones claras. Así gozarás con tranquilidad de tu licencia por maternidad. Y cuando vuelvas a tu puesto de trabajo encontrarás todo en orden.

Mantente siempre informada sobre noticias de los cambios y mejoras a la ley.

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Fuentes: IESS, Código del Trabajo, Ley Orgánica Reformatoria,

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