¿Qué es la licencia de maternidad?

La licencia de maternidad en Honduras es uno de los derechos de los que gozan las mujeres trabajadoras. Si estás embarazada y te encuentras laborando, es un tema de mucho interés para ti. Se trata de un período de descanso remunerado y obligatorio del que gozan las mujeres embarazadas.

El tiempo de descanso es de 10 semanas en total, divididas en 4 semanas antes del parto y 6 posteriores al mismo.

Este período de descanso es remunerado al 100% con todas las prestaciones de ley. Durante este tiempo, tu salario será cubierto parcialmente por el IHSS (Instituto Hondureño de Seguridad Social) y el resto por tu patrono.

Casos especiales:

Cuando la trabajadora sufre un aborto espontáneo o parto prematuro no viable, tiene una licencia de 2 a 4 semanas de descanso remunerado con el salario al 100% también.

Para ello, se debe presentar una certificación médica que indique que la trabajadora ha sufrido un aborto espontáneo y el día en que ha tenido lugar. También, el número de semanas de reposo que necesita.

Si el parto prematuro es viable, se aplica la licencia regular de maternidad.

En caso de que debas ausentarte más tiempo de tu trabajo a causa de una enfermedad que es consecuencia del embarazo o del parto, debes presentar también la certificación correspondiente. Este tiempo no debe exceder de 3 meses después del parto. Más allá de ello, el descanso se da sin goce de salario.

Cómo tramitar la licencia de maternidad

Para poder tramitar tu permiso por maternidad, debes presentar a tu patrono un certificado médico donde se detalle tu estado de embarazo, la fecha probable de parto y la fecha estimada en la que debes irte a descansar.

Si estás afiliada al IHSS, puedes obtener esta licencia a través de la institución. Los médicos que desempeñen cargos remunerados por el Estado o por sus Instituciones, deben entregar la certificación de forma gratuita.

Importante:

Los tiempos de permiso pre y posparto así como el subsidio de maternidad se subordinan a tu descanso. Es decir que para gozar de la licencia y subsidio no debes realizar trabajos remunerados durante ese tiempo.

Para tener derecho al subsidio por maternidad que otorga el IHSS, debes haber cotizado un mínimo de 75 días en los últimos 10 meses.

El subsidio de maternidad es del 66% por ciento del salario base diario. Se paga durante 42 días anteriores y 42 posteriores al parto.

El período se reduce cuando la fecha del parto sea anterior a la señalada en el certificado médico. Si la fecha es posterior, el período de subsidio se prolonga.

Cuando el IHSS no cubra el subsidio de maternidad, es obligación del patrono cubrir la licencia.

Permiso de lactancia

Durante los primeros 6 meses de vida de tu hijo, gozarás además del permiso de lactancia en tu trabajo.

Este comprende 2 descansos de 30 minutos cada uno dentro de tu jornada laboral, para que puedas amamantar a tu hijo. Corresponde uno por la mañana y otro por la tarde en cualquier horario que dispongas, acordando con tu empleado.

Los patronos deben contar con un lugar contiguo al local de trabajo, con una sala de lactancia o un lugar adecuado dónde dejar a tu hijo.

En las empresas en las que hay más de 20 trabajadoras, es obligatorio que exista un local aparte para que las madres alimenten a sus hijos menores de 3 años y para que puedan dejarlos allí en horas laborales, bajo el cuidado de personal idóneo pagado por el patrono.

El lugar debe contar con el visto bueno de la Inspección General del Trabajo.

¿Pueden despedirme por estar embarazada?

La ley contempla la protección total del embarazo. Ninguna mujer puede ser despedida por estar embarazada o en período de lactancia.

Respecto a esto último, la ley dice que si el despido se da dentro de 3 meses después del parto se presume que ha sido debido a esto.

En caso de despido sin autorización dentro de este plazo, tienes derecho a 60 días de salario además de la correspondiente indemnización por despido injustificado. Además, al pago de las 10 semanas de descanso si no las has tomado.

Si existe una falta grave que justifique el despido, el empleador o patrono debe contar con la autorización del Inspector de Trabajo o del Alcalde Municipal.

El funcionario a cargo debe oír a la trabajadora y practicar las pruebas necesarias antes de resolver el caso.

Protección del embarazo

La ley también señala que si estás embarazada no debes hacer tareas que supongan grandes esfuerzos físicos.

Tampoco es permitido que se te asignen horarios nocturnos de más de 5 horas en el trabajo.

Recuerda también que como cotizante a la seguridad social, tienes derecho a atención médica en caso de maternidad. Tu parto puede ser atendido en los hospitales del IHSS. Si tu bebé nace en uno de los hospitales del Seguro, se te dará una canastilla de maternidad.

Además, puedes tomar consultas pre y post natales.

Cuando el médico tratante lo indique, el padre del niño debe someterse a examen médico.

Ayuda de lactancia

En caso de las mujeres que se encuentren imposibilitadas para amamantar a su hijo, durante los primeros 6 meses de vida, el IHSS le proporcionará un suministro de leche y alimentos terapéuticos.

En caso de fallecimiento o ausencia de la madre, la ayuda de lactancia se entrega a la persona encargada del niño.

Permiso de paternidad

La legislación hondureña aún no contempla un permiso para los nuevos padres de familia. Pero existen propuestas de ley, por lo que no sería extraño que a futuro, se incluya algunos días libres como en el resto de países de la región.

Licencia por adopción

Según la legislación hondureña, las madres adoptantes de niños menores de 5 años pueden contar con 42 días de licencia remunerada a partir de la fecha de resolución judicial.

Esto se encuentra en la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer, promulgada en el año 2000. El artículo 54 de la misma detalla lo siguiente:

«La trabajadora que adopte a un menor o a una menor de cinco (5) años tendrá derecho a la misma licencia post-parto que la mujer en estado de gravidez. Esta licencia se inicará a partir del día en que se le haga entrega de el o la menor y para lo cual deberá presentar la correspondiente resolución legal».

Sin embargo, la ley no indica un permiso para la alimentación del menor similar al permiso de lactancia. Tampoco se indica nada en caso del padre, ya sea biológico o adoptivo, en este caso. Estos son aspectos a mejorar dentro de la legislación a futuro.

Pago del aguinaldo durante el permiso de maternidad

El tiempo que se otorga como licencia de maternidad o de paternidad en Honduras se toma como tiempo efectivamente laborado. No es permitido que el empleador realice descuentos por el período de permiso para calcular prestaciones como el pago de aguinaldo, vacaciones, liquidación, etc. Lo mismo aplica en el caso del permiso por adopción. Por lo tanto, si estás de licencia, siempre debes recibir íntegro el pago de tu aguinaldo.

Conclusiones

Como hemos visto, la ley hondureña protege el embarazo de la mujer contra labores peligrosas y contra el despido por dicha causa.

Además, la licencia de maternidad en Honduras es uno de los derechos más importantes en materia de seguridad social y prestaciones.

Para tomar tu permiso y gozar de todas las protecciones de ley, recuerda notificar con tiempo a tu patrono sobre tu embarazo.

Además, coordina con la persona que va a cubrirte los días que estés descansando. Así al volver a tu trabajo encontrarás todo en orden.

Si necesitas ayuda o tienes consultas respecto a la licencia, puedes acercarte a las clínicas del IHSS o contactar al Ministerio de Trabajo para asesoría en materia laboral.

Mantente siempre informada acerca de las leyes de maternidad y de tus derechos como trabajadora.

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Fuentes: Reglamento de Aplicación de la ley del Seguro Social, Código de Trabajo de Honduras,

 

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