¿Qué es una suspensión de contrato?

Según la ley, una suspensión contratos de trabajo es una interrupción temporal de las obligaciones, tanto del trabajador, como del empleador. Es decir que ni el trabajador presta servicios, ni empleador realiza el pago de salarios. Pero esto no extingue la relación laboral. Más bien se entiende que se pone en pausa.

Por otro lado, la suspensión puede afectar todos los contratos vigentes de la planta o solo a una parte de los mismos.

Por ejemplo, si una empresa se dedica a la elaboración de alimentos y cuenta con servicio en restaurante y a domicilio, es posible suspender solo la atención en sala, sin que se haga con los trabajadores de cocina o domicilio. Esto, con el fin de afectar a la menor cantidad de trabajadores posibles.

La emergencia por el Covid-19 golepó no solo a los individuos a nivel mundial, sino también a las empresas que debieron cerrar operaciones por la cuarentena; en este sentido, algunos empleadores en Nicaragua implementaron una suspensión de contratos a los trabajadores. Este tipo de medidas, naturalmente, afecta la economía de los trabajadores. Pero es una forma de proteger a las empresas y garantizar la estabilidad laboral a futuro para los trabajadores afectados.

Debido a la poca información oficial que se tiene sobre las medidas a implementar, muchos trabajadores se preguntan si estas suspensiones son legales o no. Y a pesar de que algunas empresas intentan implementar el teletrabajo en situaciones similares, esto no siempre es posible.

¿Cuál es la diferencia entre ser suspendido y ser despedido?

Cuando ocurre un despido, justificado o no, el contrato de trabajo se liquida y se firma un finiquito.

El trabajador que es despedido recibe el pago proporcional de sus prestaciones. Aguinaldo proporcional, vacaciones no gozadas, bonos pendientes, etc. Y en caso de ser un despido injustificado, también el pago de una indemnización.

Con esto se pone fin a la relación laboral. Es decir que el trabajador es libre de laborar para otro empleador y este, a su vez, puede contratar a un nuevo trabajador. Si se diera el caso de volver a contratar al mismo trabajador en el futuro, el tiempo de antigüedad se reinicia desde cero, además.

En cambio, en una suspensión no se pierde antigüedad ni derecho a prestaciones. Si bien no se reciben salarios durante el período que el contrato permanezca suspendido, tampoco se finiquitan prestaciones. Por lo tanto, no existe una figura indemnizatoria en caso de suspensión. Se da por entendido que al terminar la misma, el trabajo se reanuda bajo las mismas condiciones.

¿Es legal la suspensión de contratos en Nicaragua?

Efectivamente. Esta es una medida que se encuentra contemplada en el Código nicaragüense. Y puede darse por diferentes causas.

Sobre las mismas, el Artículo 112 señala qué casos son justificables para una suspensión:

  • Falta de materia prima para realizar los trabajos, siempre que no sea culpa del l patrón.
  • Falta de fondos e imposibilidad de obtenerlos
  • Exceso de producción, tomando en cuenta las condiciones económicas y de mercado
  • Fuerza mayor o caso fortuito que obliguen a suspender el trabajo
  • Muerte o incapacidad mental del director del negocio
  • Enfermedad contagiosa del trabajador

Para los primeros 3 casos mencionados, el empleador debe darles un preaviso de 6 días a los colaboradores afectados. Pero para que la suspensión tenga efecto debe ser aprobada por un Inspector del Trabajo.

En este caso, como la pandemia por el Covid-19 se considera fortuita y de fuerza mayor, sí es aplicable la suspensión de contratos.

¿Qué pasa después de la suspensión? ¿Me pueden despedir?
El Código establece que, para reanudar el trabajo, el patrono o empleador debe notificar a la Inspección del Trabajo. Esta se encargará de informar a los trabajadores. Para ello, el empleador debe proporcionarles sus datos. Los trabajadores tienen un plazo de 30 días después de notificada la reanudación.

De lo contrario, sí pueden despedir al trabajador sin responsabilidad para el patrono. Esto quiere decir que no se paga una indemnización, ya que se consideraría un despido justificado.

¿Existe una indemnización por ser despedido tras una suspensión?

Como hemos visto, si no te presentas a tus labores en el plazo de ley, no existe una indemnización por despido.

Sin embargo, si la empresa recorta personal o se va a cierre, sí que existe una indemnización.

Lo anterior está establecido en el Código también:

“Artículo 76.- En los casos de quiebra, liquidación, disolución o sucesión, ya sea que continúe el obrero prestando sus servicios o no, el procurador, liquidador, depositario, albacea o interventor, está obligado a pagar con derecho de preferencia de primer grado en el plazo de un mes, contado a partir del momento, en que se presente cualquiera de los casos enunciados, los salarios devengados y reconocidos por las autoridades del trabajo.

De igual preferencia gozarán en los mismos casos, la renta e indemnizaciones en los casos de riesgos”.

Es decir que, en todo caso, si tu empleador estima que no puede mantener la operación de igual forma al pasar la emergencia, sí debe indemnizarte, con preferencia por sobre otras deudas.

¿El tiempo que dura la suspensión de contratos cuenta como antigüedad?

No. Si bien el trabajador no pierde su antigüedad acumulada al ser suspendido, tampoco gana más tiempo al volver a las labores.

Por ejemplo, si llevabas 11 meses y eres suspendido 1 mes, al volver, ese mes no se computa para completar el año, sino que deberás laborar 1 mes más para cumplirlo.

Esto, por supuesto, tampoco afecta la acumulación de vacaciones o aguinaldo que ya tenías.

¿Puedo tomar mis vacaciones para no ser suspendido?

Sí se puede. Entre de las recomendaciones que se hace para afectar en la menor medida posible está el otorgamiento de vacaciones acumuladas o adelantadas.

Puedes conocer más sobre el pago y otorgamiento de vacaciones en Nicaragua aquí.

Otra opción es que se ajusten jornadas de trabajo. Si bien, en un período regular de trabajo, la ley no permite los cambios arbitrarios a lo establecido en el contrato de trabajo respecto a los horarios y salarios, por ser un caso excepcional, el patrono y el trabajador pueden acordar trabajar por horarios reducidos para no ser despedidos.

De no ser esto posible, se puede brindar al trabajador el equipo para hacer teletrabajo mientras dura la emergencia.

La suspensión debe ser un último recurso en caso de que el patrono vea peligrar el capital de la empresa. El objetivo es que al reanudar labores aún se conserve la operabilidad de la empresa y así garantizar la estabilidad laboral.

En conclusión:

Como ves, la suspensión de contratos de trabajo en Nicaragua ya se contempla en el Código del Trabajo. Por lo tanto, es una figura legal válida en casos como la emergencia nacional u otros de fuerza mayor.

Recuerda que una vez pasadas las causas que ocasionan la suspensión, la Inspección de Trabajo deberá notificarte para tu regreso Debes hacerlo de forma inmediata con un plazo máximo de 1 mes.

La figura legal de la suspensión de contratos busca garantizar las fuentes de empleo, evitando que las empresas se vayan a la quiebra por la falta de operaciones. Les permite tomar un respiro de los pagos de planillas y otros administrativos.

Mantente siempre informado sobre tus derechos laborales. Encuentra otros temas de interés sobre prestaciones, salarios, contratos y mucho más en la sección Nicaragua.

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Fuentes: Código de Trabajo, García & Bodán Abogados,

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